Podrán usufructuar del año sabático los docentes ordinarios/efectivos en las categorías de profesor adjunto, asociado y titular con cargo/s docente/s cuya carga horaria total sea igual o mayor a 20 (veinte) horas y que cumplan una antigüedad como profesor (adjunto, asociado o titular) de al menos 6 /seis) años ininterrumpidos en carrera académica de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral. Una vez usufructuado el derecho, deberán transcurrir 10 (diez) años para volver a solicitarlo. (Ord. Nº 229-CS-UNPA).
Los docentes UART interesados en postular a dicha convocatoria, deberán enviar la documentación establecida en el art. 8 de la Ordenanza Nº 229-CS-UNPA al correo electrónico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Para más información se adjunta la Ord. Nº 229-CS-UNPA y la Resolución Nº 154/23-CS-UNPA.